EL
ESCÁNDALO DE LA VERDAD
La Ley 57/68 establece la protección absoluta de las cantidades
anticipadas por el comprador al promotor en
compraventas sobre plano.
Los derechos concedidos al comprador en la ley 57/68 tienen el carácter
de irrenunciables
y son de carácter indiscutible.
Sin
embargo, muchas personas y empresas relacionadas con la Construcción
Inmobiliaria en España incumplieron lo
establecido en la ley 57/68
Algunos promotores incumplieron algunos o todos los requerimientos de la
Ley 57/68
Algunos Bancos y Cajas de Ahorro incurrieron en graves negligencias.
Debe tenerse en cuenta que estos Bancos y
Cajas de Ahorros están
gobernados por el Banco de España y que muchas de estas entidades
desarrollan actividades
comerciales en algunos países extranjeros
incluido el Reino Unido.
Algunos abogados que fueron contratados por los compradores y que tenían
la obligación profesional de actuar en
protección de los intereses de
estos no llevaron a cabo todo lo necesario para asegurar que las
cantidades entregadas
por sus clientes estaban debida y permanentemente
protegidas de acuerdo con lo que establece la Ley 57/68.
Algunos Agentes Inmobiliarios no hicieron todas las debidas
averiguaciones antes de llevar a cabo el marketing de las
propiedades.
Algunos de ellos han seguido anunciando propiedades en promociones donde
sabían que el promotor y el
banco habían incumplido lo establecido por
la ley 57/68.
Algunos agentes inmobiliarios continuaron atrayendo posibles compradores
al contener en sus folletos afirmaciones
tales como “Avales Bancarios
Incluidos” cuando aquellos sabían que muchos de los clientes a los que
ya habían
vendido propiedades en dichas promociones no tenían los avales
Bancarios que la Ley establece.
Esta situación es alarmante y muchos miles de compradores inocentes
sufren el riesgo de perder sus ahorros ganados
con toda una vida de
trabajo como resultado de la negligencia y la ambición desmedida de
promotores, Bancos,
Abogados y Agentes Inmobiliarios
Los
Bancos y las Cajas de Ahorro fueron el “vehículo” a través del cual
estas actividades ilegales se llevaron a cabo.
Los Bancos y Cajas de Ahorro que financiaban las promociones no tuvieron
problema en usar los depósitos de los clientes,
no estando estos
asegurados, a fin de aminorar el riesgo de ellos mismos en estas
promociones.
El
problema fundamental es que las autoridades españolas no han llevado a
cabo un adecuado control de la ejecución
de la Ley 57/68. Durante muchos
años, promotores, bancos, agentes inmobiliarios y abogados han
incumplido
impunemente la Ley 57/68.
Muchos de los abogados y agentes recibieron gran parte de su clientela
de los promotores y los Bancos; por lo tanto no
tenían interés en acabar
con prácticas ilegales ya que ello suponía “morder la mano que te da de
comer”
Muchos miles de compradores inocentes han sufrido el robo de promotores
corruptos y bancos, abogados y agentes
inmobiliarios negligentes.
El Banco de España también ha incumplido sus obligaciones de regular y
controlar la actividad de los Bancos y Cajas de
Ahorros en relación con
las entregas de cantidades a cuenta de acuerdo con la Ley 57/68.
El
sistema legal español no ha protegido adecuadamente los derechos
IRRENUNCIABLES que se concedieron a los
compradores a través de la ley
57/68.
El
Gobierno español también es responsable ya que durante años ha ignorado
este problema y no ha tomado
las medidas necesarias.
Los
Bancos, Cajas de Ahorros, Banco de España y el Gobierno español deben
aceptar su responsabilidad conjunta y actuar inmediatamente para
asegurar que de la forma que sea todos los compradores a los que no se
les dio las garantías bancarias requeridas por Ley reciban la devolución
de todas las cantidades que entregaron, con los intereses legales.
El
Gobierno Español junto con el Banco de España debe asegurarse de que
todas aquellas personas que no otorgaron
o no se aseguraron de la
existencia de estas garantías de la ley 57/68 y todos aquellos que
fueron cómplices de
dichas ilegalidades reciban el castigo merecido.
En la actualidad, muchos compradores han emprendido acciones legales al
amparo del artículo 1.2 de la ley 57/68.
Debe hacerse justicia si España
quier recuperar parte de la reputación que ha perdido debido a las
actividades
ilegales de la industria inmobiliaria.
Original article in English written by Keith Rule in August 2010. Spanish
translation by María Luisa de Castro